El pasado lunes, 19 de septiembre, el gobernador Pedro Pierluisi notificó que a partir del jueves 22, los alimentos preparados, así como los dulces, productos de repostería y bebidas carbonatadas, estarán exentos temporalmente del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU), como una medida en favor de los residentes de Puerto Rico, debido al paso del huracán Fiona.
Período de Exención para los Alimentos Preparados
Según información publicada en El Nuevo Día, el gobernador aclaró que, tras una orden directa al secretario del Departamento de Hacienda, Francisco Parés Alicea, se emitió la Determinación Administrativa 22-07, documento en el cual se da a conocer que la Exención Temporera del IVU tendrá lugar desde las 12:01 am del 22 de septiembre, hasta las 11:59 pm del 6 de octubre de 2022. “Esta es una de las acciones afirmativas que estamos tomando como gobierno para darle un alivio a los ciudadanos, mientras continuamos con la respuesta a la emergencia”, declaró Pierluisi a través del comunicado.
Por su parte, Parés Alicea agregó que las bebidas carbonatadas, productos de repostería y dulces, acompañarán a los alimentos preparados en la exención temporera, según lo indicado en la Sección 4010.01 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011. No obstante, recordó que las bebidas alcohólicas no gozarán de este beneficio.
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